El presidente Trump ha declarado que los crímenes de guerra no le preocupan. Su secretario de Guerra Hegseth desprecia los Convenios de Ginebra. Sus decisiones empujarán a 45 millones de personas al hambre aguda. Por el rasero de Núremberg, ambos son criminales de guerra. La Haya es la deuda mínima de la civilización.

Fascismo del siglo XXI: la guerra de Trump y Hegseth contra Irán medida con la vara de Núremberg

El secretario de Guerra de Estados Unidos ha prometido “no cuartel, no piedad” a los enemigos. El presidente ha declarado que destruirá puentes y centrales eléctricas en un país de 85 millones de habitantes y, preguntado si le preocupan los crímenes de guerra, ha respondido que no. Sus decisiones empujarán a 45 millones de personas más al hambre aguda. Por el rasero que la propia civilización occidental se dio en Núremberg, Donald Trump y Pete Hegseth son criminales de guerra. La única pregunta abierta es si La Haya tendrá el coraje mínimo de nombrarlos como tales.


Cuarenta años de urgencias enseñan algo que no aparece en los manuales: el hambre tiene cara. No es una abstracción macroeconómica ni una estadística del Banco Mundial. Es un niño con la mirada apagada que llega traído por una madre exhausta, es un anciano deshidratado que se cae porque hace tres días que no come en serio, es la astenia silenciosa que se disfraza de cualquier otra cosa. El hambre rara vez se decide. Casi siempre se permite. Y cuando se permite a sabiendas, mientras se firman las órdenes que la harán inevitable, ya no es permitir: es matar a plazos.

Lo que están haciendo el presidente Donald J. Trump y su secretario de Guerra Pete Hegseth en Irán y contra Irán es exactamente eso. Matar a plazos. Y conviene nombrarlo con la precisión con la que se nombra un diagnóstico, porque la imprecisión moral empieza siempre como imprecisión léxica.

Los nombres y los hechos

Donald John Trump. Presidente de Estados Unidos, segundo mandato. El 28 de febrero de 2026, junto al gobierno de Benjamin Netanyahu, ordenó el inicio de una ofensiva militar contra la República Islámica de Irán sin autorización del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas, sin autorización del Congreso estadounidense bajo la War Powers Resolution, y sin agresión previa que justificase legítima defensa en el sentido del artículo 51 de la Carta de la ONU. Durante los meses siguientes ha prometido públicamente, ante cámaras y por escrito, destruir la infraestructura energética de un país de 85 millones de habitantes. Sus palabras textuales: “Power Plant Day, and Bridge Day, all wrapped up in one”. Día de centrales eléctricas y día de puentes, todo junto. A los iraníes les anticipó que estarían “viviendo en el infierno”. Preguntado por un periodista si le preocupaba estar cometiendo crímenes de guerra, respondió ante el público estadounidense y mundial: “I’m not at all concerned”. No me preocupa en absoluto.

Peter Brian Hegseth. Ex presentador de Fox News sin experiencia ejecutiva ni de mando relevante. Designado secretario de Defensa en enero de 2025 y, desde el 5 de septiembre de 2025, secretario de Guerra, tras la orden ejecutiva 14347 de Trump que rebautizó el Departamento de Defensa con su nombre anterior a 1947. El propio Hegseth lo verbalizó en la ceremonia de firma: “Máxima letalidad, no tibia legalidad. Efecto violento, no políticamente correcto”. En marzo de 2026 prometió en rueda de prensa, sobre las fuerzas armadas estadounidenses contra Irán: “No quarter, no mercy for our enemies”. Ni cuartel ni piedad. En su libro de 2024 y en declaraciones públicas posteriores ha despreciado los Convenios de Ginebra calificándolos de “reglas escritas por unos tipos en salones europeos después de la Primera Guerra Mundial porque creían que podrían librar guerras educadas”. En 2019 presionó personalmente a Trump para indultar a militares estadounidenses condenados o acusados de crímenes de guerra documentados, incluido un caso de orden de disparar contra civiles y otro de poses fotográficas con cadáveres.

Como secretario de Guerra ha destituido a los abogados militares más senior del Pentágono y ha reemplazado a los Judge Advocates General —la estructura jurídica que durante décadas filtraba órdenes manifiestamente ilegales— precisamente para garantizar que ninguna restricción legal interna pueda detener las órdenes presidenciales. Ha desmontado, deliberadamente y a plena luz, la red de inhibiciones que el derecho humanitario había tejido dentro del propio aparato militar estadounidense desde Vietnam.

Estos son los dos hombres. Estos son los hechos públicos, verificables, documentados por la propia administración que los protagoniza. No hay teoría conspirativa. No hay especulación. Es lo que han dicho y lo que han hecho ante cámaras.

Lo que prohíbe Ginebra, punto por punto

El IV Convenio de Ginebra de 12 de agosto de 1949, ratificado por Estados Unidos, prohíbe sin matices:

Artículo 33. “Ninguna persona protegida podrá ser castigada por una infracción que no haya cometido ella misma. Están prohibidas las penas colectivas, así como toda medida de intimidación o de terrorismo”. Las amenazas de Trump de destruir toda la red eléctrica y todos los puentes de Irán son castigo colectivo en su forma jurídicamente más pura.

Artículo 54 del Protocolo Adicional I (1977). “Está prohibido atacar, destruir, sustraer o inutilizar bienes indispensables para la supervivencia de la población civil, tales como artículos alimenticios y las zonas agrícolas que los producen, las cosechas, el ganado, las instalaciones y reservas de agua potable y las obras de riego”. La destrucción anunciada de la red eléctrica iraní implica el colapso de bombas de agua, sistemas de refrigeración alimentaria, hospitales y plantas de potabilización. Irán es un país árido. Sin electricidad no hay agua. Sin agua no hay vida.

Artículo 40 del Protocolo Adicional I. “Queda prohibido ordenar que no haya supervivientes, amenazar con ello al adversario o conducir las hostilidades en función de tal decisión”. La frase de Hegseth “no quarter, no mercy” es exactamente la fórmula que este artículo prohíbe. No hace falta esperar a que se ejecute: pronunciarla desde la cúpula del mando es ya, en sí mismo, violación del derecho internacional humanitario.

Artículo 51 del Protocolo Adicional I. Prohibición de los “ataques cuyos efectos no sea posible limitar” a objetivos militares y los que “causen incidentalmente muertos y heridos entre la población civil, o daños a bienes de carácter civil, o ambas cosas, que serían excesivos en relación con la ventaja militar concreta y directa prevista”. Cuando los efectos previsibles de una operación incluyen el hambre aguda de decenas de millones de personas a miles de kilómetros del frente, hablar de proporcionalidad es obscenidad.

Hay que decirlo con claridad: el gobierno de Donald Trump, ejecutando las decisiones del secretario de Guerra Pete Hegseth, está violando simultáneamente al menos cuatro disposiciones nucleares del derecho humanitario internacional al que Estados Unidos se obligó por tratado. No es interpretación tendenciosa. Es lectura literal.

El gobierno de Donald Trump, ejecutando las decisiones del secretario de Guerra Pete Hegseth, está violando simultáneamente al menos cuatro disposiciones nucleares del derecho humanitario internacional al que Estados Unidos se obligó por tratado. No es interpretación tendenciosa. Es lectura literal.

Los 45 millones que pagarán esta guerra sin haberla pedido

El Programa Mundial de Alimentos ha proyectado que, si la guerra contra Irán se prolonga y el petróleo permanece sobre los 100 dólares por barril, 45 millones de personas adicionales se incorporarán a la categoría de hambre aguda. Esta cifra se suma a los 670 millones que ya padecen hambre crónica en el mundo y a las 220.000 personas en fase 5 del Integrated Food Security Phase Classification, definida como hambruna catastrófica —un aumento del 65% respecto a 2020.

Siete países están actualmente en hambruna declarada o inminente: Afganistán, Haití, Mali, Somalia, Sudán del Sur, Sudán y Yemen. El año 2025 fue el primero del siglo XXI con dos hambrunas formalmente reconocidas en simultáneo: Gaza y Sudán. La guerra de Trump amenaza con multiplicar esa cifra.

El mecanismo es trazable paso a paso, y todos los pasos son previsibles. Lo eran antes del 28 de febrero. El cierre del estrecho de Ormuz —por el que pasa el 20% del comercio mundial de petróleo y un tercio del transporte marítimo de fertilizantes— dispara el precio del crudo. El crudo encarece los fertilizantes. La urea de Oriente Medio subió un 19% en una semana. El amoníaco estadounidense, un 41% interanual. Plantas de fertilizantes en India, Argelia y Eslovaquia han reducido o detenido su producción por el coste del gas natural. Australia ha sembrado menos trigo. China ha restringido sus exportaciones. Con una elasticidad de transmisión de 0,26 entre precio del crudo y precio de los alimentos, el petróleo a 110 dólares se traduce en una subida del 14% en el precio global de los alimentos. En los hogares más pobres, donde la comida supone hasta el 70% del gasto, ese 14% es la diferencia entre comer y no comer.

Estos datos no estaban ocultos. El International Food Policy Research Institute, el Council on Foreign Relations, el Center for Global Development y el propio Programa Mundial de Alimentos publicaron entre marzo y abril de 2026 análisis detallados de la cadena causal. Trump y Hegseth fueron informados. Trump y Hegseth siguieron adelante.

Esto, en derecho penal internacional, se llama imprudencia temeraria (recklessness) o conocimiento de la consecuencia previsible (Vorsatz dolus eventualis en la dogmática continental, oblique intent en el common law). En ninguno de los dos sistemas exime de responsabilidad. La atenúa, como mucho. Y cuando hay declaración expresa de no preocupación por las consecuencias —“I’m not at all concerned”—, ni siquiera la atenúa.

Núremberg: el rasero que nadie quiere mirar

El Tribunal Militar Internacional de Núremberg, instalado en 1945, condenó a los principales criminales del régimen nacionalsocialista alemán por cuatro cargos: conspiración, crímenes contra la paz, crímenes de guerra y crímenes contra la humanidad. La sentencia de octubre de 1946 contiene la formulación jurídica que aún hoy sostiene el derecho penal internacional:

Iniciar una guerra de agresión no es solo un crimen internacional; es el crimen internacional supremo, que difiere de los otros crímenes de guerra únicamente en que contiene en sí mismo el mal acumulado del conjunto.

Esa frase no es decorativa. Es jurídicamente operativa. Significa que toda muerte civil, toda infraestructura destruida, toda hambre causada en cadena, toda enfermedad no tratada porque los hospitales no tienen electricidad se atribuye causalmente a la decisión criminal original de lanzar la guerra. La responsabilidad no se diluye en la cadena de mando: se concentra en quienes deciden iniciar la guerra. Trump y Hegseth.

Doce condenados en Núremberg recibieron la pena capital. Entre ellos, no solo quienes habían ejecutado las matanzas, sino quienes habían planificado las guerras de agresión: Göring, Ribbentrop, Keitel, Jodl. Y también Julius Streicher, editor del periódico Der Stürmer, que no había firmado órdenes operativas ni mandado batallones, pero había preparado el terreno discursivo del exterminio durante una década. Fue ahorcado por sus palabras, no por sus balas. Los jueces de Núremberg entendieron lo que el derecho contemporáneo a veces finge olvidar: cuando se tiene poder para ordenar, las palabras son ya parte del crimen.

Hay que decirlo sin rodeos. Por el rasero que la civilización occidental se dio a sí misma cuando salía del peor episodio de su historia, Donald Trump y Pete Hegseth caerían en la categoría que Núremberg trató con la sanción que aquel tribunal consideró proporcional. Hegseth, en particular, ocupa el lugar exacto que en 1946 ocuparon los mandos militares que tradujeron la ideología en órdenes operativas y prometieron explícitamente desentenderse de la legalidad de la guerra. Trump ocupa el lugar de quien decide la agresión y exhibe el desprecio del crimen como virtud política.

Donald Trump y Pete Hegseth caerían en la categoría que Núremberg trató con la sanción que aquel tribunal consideró proporcional. Hegseth ocupa el lugar exacto que en 1946 ocuparon los mandos militares que prometieron explícitamente desentenderse de la legalidad de la guerra. Trump ocupa el lugar de quien decide la agresión y exhibe el desprecio del crimen como virtud política.

No defiendo aquí la pena capital. El humanismo laico que sostiene esta publicación no la admite como herramienta legítima de justicia, ni siquiera contra los crímenes supremos. Pero el ejercicio analítico de medirlos con la vara de Núremberg importa, porque permite calibrar la magnitud de lo que tenemos delante. La pena capital de 1946 era la respuesta que los aliados consideraron proporcional. Pedir hoy lo mínimo —un proceso ante la Corte Penal Internacional en La Haya— no es maximalismo. Es la versión más conservadora, más institucional, más débil de la justicia que el siglo XX nos prometió.

La Haya: la deuda mínima

¿Por qué entonces no van a procesarlos? Las razones son técnicas y conviene mirarlas de frente, porque la impunidad se sostiene en una serie precisa de blindajes.

Estados Unidos no ratificó nunca el Estatuto de Roma de 1998. La Corte Penal Internacional carece, por tanto, de jurisdicción territorial sobre nacionales estadounidenses fuera de territorios de Estados parte. Irán tampoco es parte del Estatuto. La sentencia Trump v. United States del Tribunal Supremo estadounidense en 2024 otorgó inmunidad presidencial absoluta al presidente sobre sus actos oficiales, blindando a Trump frente a cualquier procesamiento doméstico. La administración Trump ha amenazado además con sanciones —ya impuestas en su primer mandato— contra cualquier fiscal o magistrado de la CPI que ose investigar a estadounidenses.

Hay además una asimetría histórica que conviene nombrar sin eufemismos: la jurisdicción universal sobre crímenes de guerra, aunque exista en teoría, se ha aplicado casi exclusivamente contra dirigentes de Estados débiles o derrotados. Pinochet detenido en Londres por la orden del juez Garzón. Mladić juzgado en La Haya. Charles Taylor condenado. Pero nunca un dirigente en activo de una potencia capaz de represalia. El orden jurídico que se construyó después de 1945 fue diseñado para juzgar a los Eichmann que perdieron la guerra, no a los Truman que la ganaron. Esa contradicción originaria es la grieta por la que se filtra ahora la impunidad estructural.

Pero “no procesable en la práctica” no es lo mismo que “no responsable en derecho”. Y aquí está la cuestión política decisiva. Pedir formalmente el procesamiento de Trump y Hegseth ante la Corte Penal Internacional, articular los cargos con rigor jurídico, presentar denuncias ante tribunales con jurisdicción universal en países que sí reconocen el Estatuto de Roma —España, Bélgica, Alemania, Sudáfrica—, mantener viva la posibilidad de un proceso futuro: nada de esto es ingenuidad. Es la obligación civilizatoria mínima.

Cuando los crímenes se nombran como crímenes, aunque no se procesen, se preservan tres cosas concretas. Primera: la categoría jurídica para futuros casos. Segunda: la memoria histórica del acto, que es la garantía contra su repetición. Tercera, y la más importante operativamente: la presión interna sobre los actores secundarios. Algún abogado del Pentágono que hoy firma órdenes manifiestamente ilegales tendrá que decidir si sigue firmando. Algún oficial intermedio recordará que los oficiales alemanes que se ampararon en haber recibido órdenes fueron colgados igualmente en 1946. La memoria de Núremberg, mientras siga viva, opera como freno aun en ausencia de tribunales activos.

España tiene aquí una responsabilidad particular. La Audiencia Nacional dispone, todavía, de un marco de jurisdicción universal restringido pero operativo. El procesamiento simbólico que se intentó en marzo pasado por parte del Tribunal Supremo español frente a las acciones contra Irán es jurídicamente débil, pero políticamente significativo: alguien, en algún lugar, ha decidido no callar. Multiplicar esas decisiones —en Bélgica, en Alemania, en países latinoamericanos firmantes del Estatuto— es la única manera de reconstruir la red de inhibiciones que Trump y Hegseth están destruyendo a martillazos.

El nombre de la cosa

Llegados aquí, conviene una palabra que esta publicación no usa a la ligera y que precisamente por eso ha de usarse cuando corresponde. Lo que Trump y Hegseth están haciendo y representando no es conservadurismo extremo, ni populismo de derechas, ni siquiera autoritarismo en abstracto. Es fascismo del siglo XXI, y conviene nombrarlo con la palabra exacta.

Fascismo, en su definición funcional, comprende: culto al líder como encarnación de la voluntad nacional; rechazo explícito del orden jurídico liberal y de las restricciones constitucionales internas e internacionales; militarización del lenguaje y de las instituciones civiles; construcción del enemigo interno y externo como subhumano o existencialmente amenazador; glorificación de la violencia como valor en sí mismo, desligada de cálculo estratégico; subordinación de la verdad fáctica a la utilidad política. Todos los componentes están presentes, públicamente declarados, en el discurso oficial de la administración Trump-Hegseth.

El rebautizo del Departamento de Defensa como Departamento de Guerra —dos mil millones de dólares en cartelería, según estimaciones internas filtradas a la NBC en noviembre— no es un capricho estético. Es una declaración semiótica precisa. La fórmula de Hegseth “máxima letalidad, no tibia legalidad” es la inversión exacta del compromiso normativo que los aliados firmaron en 1945. Decir esto no es exageración: es lectura literal. Cuando la legalidad se redefine como tibieza y la violencia como virtud, ya no estamos ante una administración conservadora que cruza algunas líneas. Estamos ante un régimen que ha cruzado la línea.

Cuando la legalidad se redefine como tibieza y la violencia como virtud, ya no estamos ante una administración conservadora que cruza algunas líneas. Estamos ante un régimen que ha cruzado la línea.

El indulto en 2019, presionado personalmente por Hegseth, de militares condenados por crímenes de guerra documentados es el primer eslabón de una doctrina consistente: la legalidad estorba, la legalidad es de cobardes, la legalidad es propia de quienes no quieren ganar. La purga de los Judge Advocates General en 2025 es el segundo eslabón. La declaración presidencial de no preocupación por los crímenes de guerra, en 2026, es la consumación. Esto es una secuencia. Tiene autores con nombre. Tiene víctimas concretas que están muriendo ahora, en Irán y en los siete países que el shock alimentario empujará al colapso.

Lo que queda por hacer

Llegado este punto, el lector que ha resistido hasta aquí tiene derecho a preguntar qué se puede hacer. La respuesta es desagradable pero honesta: poco, y todo a la vez.

Poco, porque los blindajes jurídicos son reales y la asimetría de poder global es brutal. Trump y Hegseth no serán juzgados mientras Estados Unidos siga siendo la potencia que es. Probablemente no lo serán nunca.

Todo a la vez, porque la batalla por preservar el lenguaje del derecho, por mantener vivos los nombres de las cosas, por no permitir que la impunidad se travista de normalidad, esa batalla sí se puede librar y se está librando. Cada artículo que llama crimen al crimen, cada denuncia formal aunque archivada, cada testimonio recogido, cada análisis publicado en JURIST o en Foreign Affairs o en una revista pequeña de Puerto de Sagunto, cada profesor de derecho internacional que firma un manifiesto, cada abogado del Pentágono que dimite, cada oficial que se niega a transmitir una orden manifiestamente ilegal: todo eso es la red de inhibiciones que la civilización necesita para seguir siéndolo.

Cuarenta años de urgencias me enseñaron que el peor diagnóstico es el que no se nombra. No porque nombrar cure —no lo hace—, sino porque sin nombre no hay tratamiento posible, no hay aprendizaje futuro, no hay prevención. Los crímenes que no se nombran se repiten. Los que se nombran, aunque no se castiguen, a veces, alguna vez, se evitan.

Que conste entonces, al menos, esto:

Donald John Trump, presidente de Estados Unidos, y Peter Brian Hegseth, secretario de Guerra de Estados Unidos, han violado y están violando los artículos 33, 40, 51 y 54 del IV Convenio de Ginebra y de su Protocolo Adicional I. Han lanzado, sin autorización del Consejo de Seguridad ni del Congreso estadounidense, una guerra de agresión contra la República Islámica de Irán. Han amenazado pública y reiteradamente con la destrucción sistemática de infraestructura civil esencial para la supervivencia de la población. Han pronunciado, desde la cúpula del mando militar, fórmulas explícitas de denegación de cuartel. Sus decisiones, ejecutadas a sabiendas de sus consecuencias previsibles, empujarán a 45 millones de personas adicionales a la hambruna aguda según el Programa Mundial de Alimentos.

Por el derecho internacional vigente, son criminales de guerra. Por el rasero de Núremberg, serían acusados por crímenes contra la paz, el supremo. Por el catálogo del Estatuto de Roma, su lugar es el banquillo del Tribunal Penal Internacional de La Haya.

Que no vayan a sentarse en él no nos exime, a los que asistimos a esto desde fuera, de la obligación de decirlo. La civilización es esa obligación. Y el silencio, en este momento, no sería prudencia. Sería complicidad.


Referencias

Boston Globe (2026, 8 de abril). “Trump’s threats of potential war crimes against Iran are part of a long pattern.”

Center for Global Development (2026, 2 de abril). “The Iran War Oil Shock Will Hit the Hungry Hardest.”

Council on Foreign Relations (2026, 13 de marzo). “The Iran War’s Hidden Front: Food, Water, and Fertilizer.”

International Food Policy Research Institute (2026, 17 de marzo). “The Iran war: Potential food security impacts.”

JURIST – Legal News & Commentary (2026, 8 de abril). “A Whole Civilization Will Die Tonight: Trump, Iran, and the Inversion of International Criminal Law.”

The Harvard Crimson (2026, 7 de abril). “ICC Prosecutor Says Trump’s Threats to Target Iranian Energy Infrastructure Could Constitute War Crimes.”

Think Global Health – Council on Foreign Relations (2026, 1 de abril). “How the Iran War Could Drive a Historic Hunger Crisis.”

TIME (2026, 7 de abril). “Would Trump’s Threatened Attacks on Iran’s Infrastructure Be a War Crime?”

TIME (2025, 5 de septiembre). “Trump Signs Order Rebranding DOD as Department of War.”

NBC News (2025, 12 de noviembre). “Trump’s Pentagon name change could cost up to 2 billion dollars.”

Carta del Tribunal Militar Internacional de Núremberg (Carta de Londres, 8 de agosto de 1945). Sentencia del Tribunal Militar Internacional, 1 de octubre de 1946.

IV Convenio de Ginebra relativo a la protección de personas civiles en tiempo de guerra (12 de agosto de 1949), arts. 33. Protocolo Adicional I (1977), arts. 40, 51 y 54.

Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional (17 de julio de 1998).

Trump v. United States, 603 U.S. ___ (2024).

Orden Ejecutiva 14347 de Donald J. Trump, “Restoring the United States Department of War” (5 de septiembre de 2025).

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